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Atienza, Manuel
Esta obra explora y desarrolla los temas iusfilosóficos que subyacen a una concepción argumentativa del Derecho (que el autor presentó hace unos años en su Curso de argumentación jurídica), esto es, cómo entender el Derecho, el conocimiento jurídico, la justicia o la propia filosofía del Derecho. La tesis principal es que el Derecho no consiste exclusivamente en un conjunto de normas, sino que debe verse, sobre todo, como una práctica social guiada por fines y valores. El autor entiende que el objetivo de la filosofía del Derecho no puede ser otro que la transformación social. Y subraya la idea de que la ambigüedad de nuestros Derechos (la posibilidad de que lo jurídico sea injusto, o lo justo, antijurídico) no significa que no haya valores intrínsecos al Derecho ni que se pueda prescindir del Derecho al conformar un proyecto de idealidad social.
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Atienza, Manuel
Los diez ensayos jurídicos que se recogen en este libro tratan sobre temas muy variados: el futuro del Derecho y de la filosofía del Derecho, el razonamiento jurídico, los límites del Derecho, el activismo judicial, los derechos humanos, el Derecho y la literatura? Todos ellos obedecen, sin embargo, a un mismo propósito de fondo que se concreta en la idea de que, en contra de lo que suele pensarse (de lo que suelen pensar los no juristas apoyándose ?hay que reconocerlo? en formas de actuar bastante frecuentes entre los propios juristas), el Derecho es una empresa esencialmente problemática, abierta, que exige dosis considerables de imaginación, notables recursos teóricos, formación y entereza moral, y que resulta esencial para comprender el mundo social y contribuir a su transformación. El autor reivindica por ello la importancia de desarrollar y transmitir un tipo de cultura jurídica que quizás no esté muy presente en nuestras facultades de Derecho, ni tampoco en la práctica de muchos profesionales del Derecho, pero que reviste un valor que, en cierto sentido, podría ponerse incluso por encima del de la cultura científica. Como se dice al final del ensayo que da título a todo el volumen, al fin y al cabo, las leyes de la física o de la biología siguen valiendo lo mismo, o sea, siguen funcionando, con independencia de que las conozcamos o no, de que las compartamos o las rechacemos. Pero eso no ocurre en relación con el Derecho, porque la realidad jurídica no es de carácter natural, sino convencional: el Derecho es un gran artefacto social que moldea nuestras vidas. Un sistema jurídico ?en particular, el de un Estado constitucional? no puede funcionar bien si no existe un número suficiente de agentes que compartan sus valores, que comprendan lo que significa tener derechos, vivir en un Estado de Derecho, qué es lo que razonablemente puede exigírsele a un juez o cuándo tiene sentido reglamentar jurídicamente una relación. La ignorancia del Derecho ?como dice el viejo adagio? no exime de su cumplimiento, pero la falta de cultura jurídica bien entendida sí que contribuye al incumplimiento de las promesas de emancipación humana en las que se basan nuestros sistemas de democracia constitucional.
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Atienza, Manuel
La dimensión argumentativa del Derecho -El Derecho como argumentación- es una de las claves esenciales para entender a fondo muchos problemas de la teoría del Derecho y para actuar con sentido en el contexto de las diversas prácticas jurídicas de los Estados constitucionales. Dar cuenta de esa dimensión exige, por lo demás, una teoría compleja en la que se integren los componentes formales, materiales y pragmáticos (retóricos y dialécticos) de la argumentación.
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Atienza, Manuel
El Derecho es una compleja práctica social, en palabras de un autor clásico: la entera vida social contemplada desde un lado especial. Por eso, la discusión sobre la forma (más adecuada) de entender el Derecho es un tema de interés general, aunque, obviamente, losmás concernidos sean los juristas profesionales: prácticos y teóricos. En este libro se parte de la ideade que pensar es en buena medida una acción colectivaque consiste no solo en pensar con otros, sino también contra otros, aunque esto último no suponga tampoco desmentir el carácter cooperativo del pensamiento:para construir o para destruir. Así, a lo largo de sus diez capítulos se comenta la obra de una decena deautores contemporáneosbastante heterogéneos entre sí:unos son filósofos ?interesados por el Derecho? y otros ?los más? juristas (iusfilósofos), y entre estosúltimos los hay positivistas, iusnaturalistas, postpositivistas e incluso positivistas en tránsito hacia el postpositivismo. Y se hace con el propósito de incitarles (al igual que a los ocasionales lectores del libro) a confrontar su manerade entender el Derecho con la defendida por el autor, que consiste en una cierta modalidad de postpositivismo. El postpositivismo jurídico, hablando en general, es una concepción que considera el Derecho como un complejísimo y socialmente omnipresente artefacto humano que no puede reducirse a un sistema de normas, fundamentalmente es una actividad, una práctica social encaminada al logro de ciertos fines y valores. Esa es la razón de que la teoría del Derecho no pueda limitarse a describir y explicar un fenómeno (el Derecho no es simplemente un objeto que está ahí fuera), sino que debe también (esta sería incluso su función central) establecer criteriosde orientación para quienesparticipan en la prácticay, en particular, para los juristas profesionales.
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Atienza, Manuel
El Derecho es un fenómeno omnipresente en nuestras sociedades. Prácticamente no hay ninguna relación social que quede al margen del Derecho, pero lo jurídico es sólo un aspecto de lo social del cual -eso sí- no se puede prescindir si se quiere entender algo del mundo que nos rodea. El sentido del Derecho pretende contribuir a esta tarea de clasificación planteando -y tratando de contestar a- algunas de las cuestiones más generales y más básicas en relación con el derecho: por qué existe, en qué medida consiste en normas, qué relación guarda con la moral y con el poder, para qué sirve, qué funciones sociales cumple, cómo debería ser, a qué valores debería servir y qué objetivos debería plantearse, cómo puede conocerse y de qué manera ha de construirse una ciencia del Derecho, hasta qué punto consiste en una actividad argumentativa y cómo ha de entenderse su aplicación e interpretación. La idea de fondo es que lo que da sentido al Derecho no puede ser otra cosa que la aspiración a la justicia o, para decirlo en términos más modestos y más realistas: la lucha contra la injusticia.
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